Resumen del Artículo Disposición transitoria vigésima tercera

Artículo Disposición transitoria vigésima tercera del Ley Foral 10/2010, de 10 de mayo, del Derecho a la Vivienda en Navarra. (codigo) — Disposición transitoria vigésima tercera. Plazo para la inscripción de contratos de arrendamiento de vivienda. Los contratos de arrendamiento de vivienda habitual y de temporada posteriores al 1 de enero de 2019 que a la entrada en vigor de la presente ley foral no hayan sido…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo Disposición transitoria vigésima terceraDisposición transitoria vigésima tercera

Disposición transitoria vigésima tercera. Plazo para la inscripción de contratos de arrendamiento de vivienda.

Los contratos de arrendamiento de vivienda habitual y de temporada posteriores al 1 de enero de 2019 que a la entrada en vigor de la presente ley foral no hayan sido todavía inscritos en el Registro de Contratos de Arrendamiento de Vivienda de Navarra deberán ser inscritos en un plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la presente ley foral.

Norma publicada: 10 de mayo de 2010

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición transitoria vigésima tercera

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